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El espacio de encuentro con la gestión de la ciudad
El espacio de encuentro con la gestión de la ciudad
La clasificación profesional en B:SM se estructura actualmente en los siguientes grupos profesionales: del 0 al 8. De estos nueve niveles, los comprendidos del 0 al 4 (ambos incluidos) corresponden al personal excluido del convenio colectivo y del 5 al 8 (ambos incluidos) corresponden al personal sujeto a las condiciones laborales establecidas en el convenio colectivo.
La adscripción a los diferentes niveles organizativos y grupos profesionales se lleva a cabo de acuerdo con un sistema de valoración de puestos de trabajo que sigue la metodología base HAY Group, y cada cinco años se hace un estudio de seguimiento que vela por la equidad interna y externa del sistema de valoración y del esquema retributivo vinculado a este baremo, tanto para el personal excluido de convenio como para el personal vinculado.
Es especialmente importante conseguir coherencia y equidad interna entre los dos esquemas retributivos, ya que la progresividad del modelo retributivo según los niveles de clasificación se puede romper en el espacio de frontera entre los niveles más altos del convenio colectivo y los más bajos del esquema retributivo de los excluidos del convenio.
Pertenecen al nivel 0 la directora general (alto cargo) y las dos subdirecciones generales (económico-financiera y de operaciones).
Se incluyen en el nivel 1 las direcciones de división en caso de que gestionen una o varias unidades de negocio, o corporativos si gestionan áreas funcionales o de servicios corporativos.
Al nivel 2 pertenecen las direcciones que, en dependencia de un directivo de nivel 0 o 1, tienen un perfil marcadamente especializado, y con un ámbito de responsabilidad estrechamente vinculado a los dos niveles superiores.
A los niveles 3 y 4 pertenece el personal excluido de convenio de carácter técnico, altamente especializado, que generalmente depende de los tres niveles superiores y tiene una posición jerárquica con respecto a los mandos y técnicos de los niveles 5 y 6 de personal adscrito al convenio colectivo.
El sistema retributivo del personal excluido se compone de los siguientes conceptos:
Grupo 0 15%
Grupos 1 y 2 10%
Grupos 3 y 4 7%
Retribución total: es la suma de los conceptos retributivos anteriores.
La aplicación de este esquema (salario base y complemento de puesto de trabajo), en la medida en que significa modificar condiciones contractuales preexistentes, se puede hacer de manera progresiva en el tiempo para los niveles 3 y 4.
La aplicación del cuadro de variables también puede ser progresiva con el objetivo de alcanzar estos porcentajes sin un efecto inmediato en el importe máximo teórico de consecución del variable, que es absorbible y compensable.
Para el personal excluido de convenio, no se devengan ni se perciben conceptos vinculados a la presencia, permanencia en la empresa o antigüedad, o al excedente sobre la jornada de trabajo establecida por contrato.
La aplicación de actualización salarial anual del personal excluido, aunque de carácter individual, se referencia en el ámbito público o privado del entorno de empresas de servicios y de operaciones (mercado externo de comparación según el baremo HAY), y tiene en cuenta aspectos de carrera profesional.
Al nivel 5 pertenecen los mandos intermedios y los técnicos medios.
Al nivel 6 pertenecen los supervisores y supervisoras y los especialistas.
A los niveles 7 y 8 pertenecen los operarios de las diferentes unidades de negocio, el personal administrativo y el personal de mantenimiento.
El sistema retributivo está basado en diferentes conceptos. A continuación, se agrupan por naturaleza del ingreso en tres grandes apartados:
Retribución total: es la suma de los conceptos retributivos anteriores.
Real Decreto Ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo y la ocupación.
Tablas de retribuciones por grupo profesional y sexo